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Plan Regulador Comunal - Puerto Williams
Municipalidad de Cabo de Hornos
Plan Regulador Comunal - Puerto Williams
Municipalidad de Cabo de Hornos
Zona:
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Área total
2.280,9
ZE3 Cementerio
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Zona: ZE1 Equipamiento Deportivo y Esparcimiento (ZE1):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento (regional, comunal, local) en áreas verdes y deportes. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Cementerios, industrias, plantas y botaderos de basura, servicentros y todos los usos no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZE2 Equipamiento y Vivienda (ZE2):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento comunal de salud, educación, seguridad, culto, cultura, esparcimiento y turismo, áreas verdes, deportes, comercio minorista a escala vecinal, comunal y servicios profesionales. Mayor detalle ver Ordenanza.
Usos prohibidos: Cementerios, plantas y botaderos de basura, y todos los no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZE3 Cementerio (ZE3):
Usos permitidos: Equipamiento de cementerio. Sólo se consultan las construcciones específicas del uso de suelo permitido. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Son todos aquellos usos no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZE4 Centro Comercial (ZE4):
Usos permitidos: Sin información. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Sin información. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZP1 Residencial Etnias Nativas (ZP1):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento (local) en educación, seguridad, culto, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, servicios artesanales. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Son todos aquellos usos no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZR1 Base Naval (ZR1):
Usos permitidos: Zona de restricción donde se emplaza la Base Naval de la Armada de Chile, debiéndose respetar en ella la vialidad estructurante que corresponde a Bienes Nacionales de Uso Público. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Sin información. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZR2 Protección Ribera de Mar - Terrenos de Playa Fiscales Marítimos (ZR2):
Usos permitidos: Corresponde al borde costero. En esta zona sólo se permiten actividades complementarias al turismo, a la pesca y terminales marítimos, varaderos de mantención de botes pesqueros, carpitería de ribera, etc. Mayor detalle ver Ordenanza.
Usos prohibidos: En esta zona no se permitirá edificación alguna, salvo aquella que represente una infraestructura de apoyo a la actividad pesquera artesanal del sector. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territor*
Zona: ZR3 Protección Cauces Naturales de Agua y Laderas (ZR3):
Usos permitidos: Corresponde a las quebradas naturales, sus laderas y franjas colindantes a sus bordes. Se permitirá equipamiento turístico que no involucre edificación, específicamente zonas de picnic. Para mayor especificación revisar Ordenanza.
Usos prohibidos: Sin información. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZR4 Protección de pozos de captación y estanques de agua potable. (ZR4):
Usos permitidos: Terrenos Ocupados por la Armada de Chile, en que se ubican las copas de agua, y las plantas correspondiente al tratamiento, cloración y filtros. Además la vivienda del operador del sistema. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Sin información. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZV Residencial, áreas no consolidadas (ZV):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento (comunal, local) en educación, seguridad, culto, cultura, org. comunitarias, áreas verdes y servicios artesanales; (local) esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios profesionales; telecomunicaciones.
Usos prohibidos: Son todos aquellos usos no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZVE1 Residencial y Equipamiento Menor (ZVE1):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento (local) en seguridad, educación, culto, cultura, organizaciones comunitarias, áreas verdes, almacenamiento inofensivo, servicios artesanales, comercio minorista, esparcimiento y turismo. Mayor detalle ver Ordenanza.
Usos prohibidos: Todos aquellos no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: ZVE2 Residencial y Equipamiento Especial (ZVE2):
Usos permitidos: Vivienda, equipamiento (comunal) de servicios artesanales, áreas verdes, comercio minorista, pesquero e industrial para varaderos menores de mantención de botes pesqueros artesanales y carpinteria de ribera. Mayor detalle ver Ordenanza.
Usos prohibidos: Todos los no mencionados como permitidos. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.
Zona: Área Verde (AV):
Usos permitidos: Sin información. Para mayor especificación revisar Ordenanza
Usos prohibidos: Sin información. Para mayor especificación se debe revisar la Ordenanza del instrumento de planificación territorial.